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CONOCÉ TUS DERECHOS

 

Los derechos sexuales y (no) reproductivos son aquellos que nos garantizan la libertad, como personas, de ejercer nuestra sexualidad de manera saludable, sin ningún abuso, violencia o discriminación. Según el código civil y comercial en Argentina, toda persona mayor de 13 años puede recibir información y acceder a métodos anticonceptivos sin el acompañamiento o autorización de un adulto.

1

Tener una vida sexual libre, segura y placentera sin violencia

2

Que se respete la identidad sexual y confidencialidad

3

Expresar y ser respetado por tu orientación sexual y/o identidad de género

4

Acceder a métodos anticonceptivos que se adapten a tus necesidades

5

Recibir información para tomar decisiones libres e informadas

6

Decidir si queres o no tener hijes y el intervalo entre ellos si es el caso

7

que te escuchen en un ambiente de confianza y respeto, donde te brinden atención, información clara y actualizada y preserven tu intimidad

Conocer las leyes nos permite defendernos y exigir su cumplimiento.

Abajo algunas de las leyes que existen en Argentina

E

Ley 25673: en 2002 se estableció la creacion  del Programa de Salud Sexual y Procreación responsable en el ámbito del ministerio de salud de la nación. Garantiza que la población pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacción o violencia, acciones pendientes a disminuir la morbimortalidad materno infantil, prevencion de embarazos no deseados, promocion de lla salud sexual de adolescentes, prevención y detección precoz de ITS y enfermedades genitales y mamarias, garantiza el acceso a información, orintacion y prestación de servicios de salud sexual y Procreación responsable. Potencia la participación femenina en la toma de decisiones, promueve espacios de reflexión y acción, difusión, capacitación y actualización.

Reconoce desde 2006 a la anticoncepción quirúrgica (ligadura tubería bilateral y vasectomía) como método anticonceptivo entre los disponibles a elegir. Garantiza el acceso a toda persona mayor de edad a acceder a métodos anticonceptivos definitivos. Establece como únicos requisitos: mayoría de edad, capacidad en la comprensión de toda la información que se ofrece previamente, actualizada y de calidad, y la firma del consentimiento informado. No requiere autorización de terceros (padres/cónyuges) ni haber tenido hijes.

R

Del año 2006, establece el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir Educación Sexual Integral y crea el programa nacional de ESI, con el propósito de garantizar el derecho en todas las escuelas publicas y privadas, del país. La ESI aborda distintos ejes como el conocimiento y cuidado del cuerpo, reconocer y respetar el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, reconocer la sexualidad y su importancia en la identidad personal, respetar la diversidad sexual y eliminar los estereotipos asociados al sexo, promover la igualdad de genero y la capacidad de decisión de cada persona.

Del año 2012, es una ley pionera en el mundo. Reconoce el derecho de las personas de ser inscriptas en su DNI acorde a su identidad de género. También garantiza el acceso a tratamientos de salud a toda persona que requiera modificar su cuerpo de acuerdo con el genero auto percibido. Incluye a niñxs y adolescentes, quienes pueden solicitar su derecho a través de un representante legal. Es la primera ley en el mundo que no requiere diagnosticos medicos o psiquiátricos, ni cirugías de cambio de sexo para acreditar identidad. 

C

De reproducción médicamente asistida (conocida tambien como ley nacional de fertilización asistida) fue sancionada en el 2013 y establece que toda persona mayor de edad, cualquiera sea su identidad de género u orientación sexual o estado civil tenga obra social, prepaga o se atienda en el sistema público de salud, tiene derecho a acceder de forma gratuita e igualitaria a las técnicas y procedimientos realizados con asistencia médica para lograr el embarazo.

 Sancionada en 2020, garantiza la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación y la interrupción legal (sin establecer límites de edad gestacional) según causales: violación y riesgos para la salud o la vida de la persona gestante. Esta ley obliga, tanto al ámbito público como al privado, a la garantía del derecho de la persona gestante de manera segura y completamente gratuita. Es por eso que tanto en salud pública como en las obras sociales y medicina prepaga, no solo deben cubrir el 100% de todo el proceso (consulta, procedimiento farmacológico o quirúrgico) sino también debe garantizar que se realice en los tiempos establecidos por la Ley:   máximo 10 días desde la solicitud de la interrupción. 

El aborto, al igual que el embarazo, debe ser visto como una opción en la vida sexual y reproductiva de las personas.

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